En las sentencias la Sala de lo Social manifiesta "no compartir ni los argumentos ni las conclusiones del Ayuntamiento expresando que, como quiera que Navarra tiene competencias propias en materia de contratación pública, el Ayuntamiento de Pamplona estaba obligado por la normativa formal a subrogar al personal que prestaba el servicio tras haber tomado la decisión de reversión del mismo para prestarlo con medios propios"
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